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REDUCCIONES POR APORTACIONES Y CONTRIBUCIONES A SISTEMAS DE PREVISIÓN SOCIAL

Reducciones de la Base Imponible - 20082007 - 2006

EJERCICIO 2007 y 2008

Los límites de las aportaciones a sistemas de previsión social son los siguientes:

a) El 30 por 100 de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio. Este porcentaje será del 50 por 100 para contribuyentes mayores de 50 años.

b) 10.000 euros anuales. No obstante, en el caso de contribuyentes mayores de 50 años la cuantía anterior será de 12.500 euros.

EJERCICIO 2006

El conjunto de las aportaciones anuales máximas que pueden dar derecho a reducir la base imponible, realizado a planes de pensiones, mutualidades de previsión social y planes de previsión asegurados, se adecuarán a lo siguiente:

1. El límite máximo de aportaciones, sin incluir las contribuciones empresariales que los promotores de planes de pensiones de empleo imputen a los partícipes, es de 8.000 euros. No obstante, para mayores de 52 años dicha cuantía incrementada en 1.250 euros anuales, fijándose  en 24.250 euros anuales para partícipes de 65  o más años.

2. El conjunto de las contribuciones empresariales realizadas por promotores de planes de pensiones de empleo a favor de sus empleados e imputadas a los mismos, tendrá el mismo límite máximo anual que el citado en el punto 1 anterior.

3. Los empresarios individuales que realicen contribuciones empresariales a favor de sus trabajadores, como promotores de un plan de pensiones de empleo, podrán efectuar aportaciones propias al mismo hasta el límite máximo antes citado..

4. Los límites establecidos en los apartados 1, 2 y 3 anteriores se aplican de forma independiente e individual a cada partícipe.

5. Además, los contribuyentes cuyo cónyuge no obtenga rentas a integrar en la parte general de la base imponible o las obtenga en cuantía inferior a 8.000 euros anuales, podrán reducirse hasta 2.000 euros anuales.

Las aportaciones máximas anuales a los sistemas de previsión son, según la edad del partícipe, las siguientes:

Edad del partícipe

Límite Máximo Sistema individual

Límite Máximo Planes de Pensiones de Empleo

Límite total 

52

  8.000,00

  8.000,00

16.000,00

53

  9.250,00

  9.250,00

18.500,00

54

10.500,00

10.500,00

21.000,00

55

11.750,00

11.750,00

23.500,00

56

13.000,00

13.000,00

26.000,00

57

14.250,00

14.250,00

28.500,00

58

15.500,00

15.500,00

31.000,00

59

16.750,00

16.750,00

33.500,00

60

18.000,00

18.000,00

36.000,00

61

19.250,00

19.250,00

38.500,00

62

20.500,00

20.500,00

41.000,00

63

21.750,00

21.750,00

43.500,00

64

23.000,00

23.000,00

46.000,00

65 en adelante

24.250,00

24.250,00

48.500,00

Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con minusvalía

Pueden realizarse aportaciones a Sistemas de Previsión Social a favor de minusválidos con un grado igual o superior al 65%. La aportación la puede hacer tanto el propio interesado como los parientes en línea directa o colateral hasta 3er. grado inclusive, así como el cónyuge.

Las aportaciones realizadas a favor de personas con un grado de minusvalía igual o superior al 65% (con certificado del Inserso u organismo equivalente de las Comunidades Autónomas) no pueden superar, en su conjunto (entre las aportaciones realizadas por propio partícipe como por parientes directos o colaterales hasta el tercer grado o el cónyuge), la cantidad de 24.250 euros anuales. Los referidos parientes pueden aportar individualmente hasta 8.000 euros anuales.

En el caso de minusválidos con grado de incapacitación igual o mayor al 65 por ciento el límite de reducción no puede superar, en su conjunto, la cantidad de 24.250 euros anuales, teniendo en cuenta que las realizadas por los parientes antes citados tienen un límite de hasta 8.000 euros anuales, sin perjuicio de la que les corresponda por las aportaciones realizadas a sus propios planes.


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