TIPOS IMPOSITIVOS VIGENTES A PARTIR DEL 1 DE JULIO DE 2010 EN CATALUNYA
| Modalidad ITP | TIPO | Requisitos |
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Constitución de derechos reales de garantía, pensiones, fianzas o préstamos |
1% |
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Bienes Muebles y concesiones administrativas |
4% |
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Medios de transporte |
5% |
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Bienes Inmuebles |
8% |
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Acciones de sociedades cuyo activo esté formado al menos en un 50% por inmuebles |
8% |
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Adquisición de la vivienda habitual de una familia numerosa |
5% |
Base imponible de la familia inferior a 30.000 euros más 12.000 euros por cada hijo que exceda del mínimo para considerar numerosa a la familia |
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Adquisición de la vivienda habitual para minusválidos |
5% |
Incapacidad del 65% y base imponible de la familia inferior a 30.000 euros. |
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Adquisición de la vivienda habitual para jóvenes |
5% |
Personas hasta 32 años con base imponible inferior a 30.000 euros. |
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Adquisición de viviendas por empresas inmobiliarias a las que sea de aplicación el Plan General Contable para empresas inmobiliarias. |
8% |
Bonificación del 70% de la cuota si el adquirente es una empresa inmobiliaria y cumple los siguientes requisitos:
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