Tipus vigents ITP-TPO

TIPOS IMPOSITIVOS VIGENTES A PARTIR DEL 1 DE JULIO DE 2010 EN CATALUNYA

 

Modalidad ITP TIPO Requisitos

Constitución de derechos reales de garantía, pensiones, fianzas o préstamos

1%

 

Bienes Muebles y concesiones administrativas

4%

 

Medios de transporte

5%

 

Bienes Inmuebles

8%

 

Acciones de sociedades cuyo activo esté formado al menos en un 50% por inmuebles

8%

 

Adquisición de la vivienda habitual de una familia numerosa

5%

Base imponible de la familia inferior a 30.000 euros más 12.000 euros por cada hijo que exceda del mínimo para considerar numerosa a la familia

Adquisición de la vivienda habitual para minusválidos

5%

Incapacidad del 65% y base imponible de la familia inferior a 30.000 euros.

Adquisición de la vivienda habitual para jóvenes

5%

Personas hasta 32 años con base imponible inferior a 30.000 euros.

Adquisición de viviendas por empresas inmobiliarias a las que sea de aplicación el Plan General Contable para empresas inmobiliarias.

8%

Bonificación del 70% de la cuota si el adquirente es una empresa inmobiliaria y cumple los siguientes requisitos:

  • Que incorpore esta vivienda en el activo circulante con la finalidad de venderlo.

  • Que su actividad principal sea la construcción de edificios, la promoción inmobiliaria o la compraventa de bienes inmuebles por cuenta propia.

  • El plazo para transmitirla se eleva a tres años. Es necesario hacer constar en la escritura pública que la adquisición de la finca se efectúa con la finalidad de venderla a un particular para su uso como vivienda. Es posible transmitir la vivienda a una empresa que cumpla los mismos requisitos establecidos.

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